-A +A
Versión para impresión

Descripción: 

El incremento de subvención por zona,

es un aumento a la subvención que consiste en un porcentaje aplicado a la subvención base o al concepto de subvención que la ley determine, siendo dicho porcentaje el de la asignación de zona establecido para el sector fiscal, según sea la localidad en que esté ubicado el establecimiento.

 

El incremento de subvención por ruralidad

consiste en un aumento a la subvención de escolaridad sobre la base de factores indicados en la ley, según el número de alumnos asistentes, a los que tienen derecho aquellos establecimientos, en general rurales, que pueden percibir el beneficio (hasta un máximo de 90 alumnos) en los siguientes tramos: a) de Kinder a 4º básico, b) de 5º básico a 4º medio, c) los alumnos de Educación Básica de Adultos, con y sin oficios; y d) los alumnos de Educación Media de Adultos en todos los niveles y modalidades, por cada establecimiento.

 

IMPORTANTE

Los establecimientos que pueden acceder a este beneficio son:

-Establecimientos educacionales subvencionados gratuitos que estén ubicados a más de 5 kilómetros del límite urbano más cercano.

-Establecimientos educacionales subvencionados gratuitos ubicados en comunas con menos de 5.000 habitantes y una densidad poblacional menor a 2 habitantes por kilómetro cuadrado, aunque no sean rurales.

MÁS INFORMACIÓN

Llame al call center Ayuda Mineduc 600 600 2626

Seremi de Educación, Unidad de Reconocimiento Oficial


¿Necesitas más información sobre este tema? Inicia Sesión y Haz una consulta