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Obligaciones laborales que deben cumplir los establecimientos subvencionados
Para impetrar la subvención, los establecimientos deben estar al día en los pagos por concepto de remuneraciones y de cotizaciones previsionales respecto de su personal. Así mismo, deben velar por que el ambiente en que se desenvuelvan los profesionales de la educación, sea tolerante y respetuoso, del mismo modo deben resguardar la integridad física y psíquica de sus trabajadores y dar espacio para que promuevan iniciativas que favorezcan los procesos que involucran a la comunidad escolar, conforme a la Ley General de Educación.

¿Dónde se debe acudir en caso de que existan irregularidades en el pago de las remuneraciones, cotizaciones o bonos de los docentes y/o asistentes de la educación?

La Superintendencia de Educación tiene facultades fiscalizadoras en este ámbito, por lo cual deberá formalizarse una denuncia a fin de que el establecimiento educacional sea fiscalizado. Sin embargo, se debe precisar que la Superintendencia de Educación, no tiene facultades para exigirle al sostenedor el pago inmediato de los montos adeudados, para lo cual el docente y/o asistente de la educación deberá acudir a los organismos competentes de acuerdo al tipo de establecimiento al cual pertenezcan:

-Si el docente o asistente de la educación pertenece a un establecimiento educacional particular subvencionado, debe presentar su denuncia en la Inspección del Trabajo.

-Si el docente o asistente de la educación pertenece a un establecimiento cuyo sostenedor es un Departamento de Educación Municipal (DEM) o Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM) debe recurrir a la Contraloría General de la República.

-Si el sostenedor es una Corporación Municipal debe presentar su denuncia en la Inspección del Trabajo.

¿Dónde deben acudir los docentes y/o asistentes de la educación en caso de que exista un cálculo erróneo en el pago de sus remuneraciones o bonos y por no pago de finiquito?

La Superintendencia de Educación carece de competencias en este ámbito, por lo que se deberá recurrir a los siguientes organismos:

-Si el docente o asistente de la educación pertenece a un establecimiento educacional particular subvencionado, debe presentar su denuncia en la Inspección del Trabajo.

-Si el docente o asistente de la educación pertenece a un establecimiento cuyo sostenedor es un Departamento de Educación Municipal (DEM) o Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM) debe recurrir a la Contraloría General de la República.

-Si el sostenedor es una Corporación Municipal debe presentar su denuncia en la Inspección del Trabajo.

¿Dónde deben acudir los docentes y/o asistentes de la educación para saber si tienen derecho al Bono de Subvención Adicional Especial (SAE)?
La inspección del trabajo y los juzgados laborales son los organismos encargados que deben pronunciarse sobre su procedencia de acuerdo a la legislación laboral vigente.

¿Dónde se deben efectuar las denuncias por acoso laboral que afecte a un docente y/o asistente de la educación?

La inspección del trabajo y los juzgados laborales son los organismos encargados que deben pronunciarse sobre este tipo de situaciones.

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